El Consell ha aprobado una nueva serie de medidas para paliar los daños causados por el temporal:
En el IRPF para los ejercicios 2024 y 2025:
- Deducción de la cuota del 100% de los gastos de reparación de la vivienda habitual con el límite de 2.000 euros, pero restando las ayudas ya recibidas.
- Deducción de la cuota del 45% por la inversión en empresas en forma de sociedades, con el límite de 9.900 euros.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones:
- Bonificación del 50 % en caso de herencias de personas fallecidas como consecuencia de la DANA.
- Reducción del 100 % para las personas y empresas que reciban por donación efectivo o bienes para paliar los daños materiales sufridos por el temporal.
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Bonificación del 100 % en la cuota por la compra de inmuebles destinados a reemplazar a otros destruidos o dañados por el temporal, y de las declaraciones de obra nueva y/o división horizontal.
- Bonificación del 100 % para la compra de vehículos usados que reemplacen a los destruidos por las inundaciones.
Otros:
- Prorroga hasta el 31.01.2025 del plazo para la presentación e ingreso de las autoliquidaciones de los siguientes impuestos: Sucesiones y Donaciones, ITP y AJD, Tributos sobre el Juego, y de los Impuesto medioambientales, cuyo plazo termine entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024.
- Exención del canon de saneamiento para los consumos de agua.
- Con relación a los tributos sobre el juego, bonificación del 100% cuando el negocio hubiera sido afectado por el temporal.