Basado en un artículo de Pablo Belmar, Departamento Laboral de Supercontable – 06/09/2024
Si la empresa demuestra que las razones del despido no están relacionadas con la baja, el despido no será nulo, e incluso puede llegar a ser procedente.
La calificación del despido como procedente o improcedente dependerá de la capacidad de la empresa para demostrar la existencia o no de una causa disciplinaria imputable al empleado, que sea suficientemente grave y culpable.
El despido se declarará nulo si el trabajador consigue probar que existe causalidad y relación entre la baja que sufre y el despido, o cuando por la duración de la baja o el motivo de la misma pueda existir discriminación por discapacidad o trato estigmatizante. La consecuencia será la readmisión más el abono de todos los salarios dejados de percibir.