La devolución del IRPF a jubilados mutualistas en 2025, era un tema candente entre los jubilados españoles, ya que esperan recibir una pensión después de toda una vida de trabajo, debería ser sinónimo de tranquilidad. Sin embargo, miles de jubilados que cotizaron en antiguas mutualidades se encontraron durante años con un problema inesperado: la doble imposición en el IRPF.
El Tribunal Supremo dio la razón a estos pensionistas, reconociendo que sus cotizaciones no pudieron deducirse correctamente en su momento. Ahora, tras meses de incertidumbre y trámites suspendidos, la Agencia Tributaria ha comenzado a devolver estas cantidades, iniciando los abonos correspondientes a los años 2019 a 2022 en un único pago.
¿A quién afecta esta devolución?
El procedimiento está dirigido a los pensionistas que cotizaron en mutualidades antes de 1978. Según datos de Hacienda, cerca de dos millones de contribuyentes estaban pendientes de resolución cuando en diciembre de 2024 se suspendieron las solicitudes.
La buena noticia es que los herederos también pueden reclamar si el beneficiario falleció entre 2019 y 2024. Esto supone un alivio para muchas familias que habían visto paralizadas sus gestiones.
Cómo funciona el nuevo procedimiento
Tras las quejas sobre la devolución del IRPF a jubilados mutualistas, en abril de 2025 Hacienda abrió un nuevo procedimiento que permite reclamar de forma conjunta las devoluciones de los años 2019 a 2022 en un único pago.
Para ello, los interesados han debido volver a registrar su solicitud, ya que las anteriores presentadas antes del 22 de diciembre de 2024 quedaron sin efecto.
Además, Hacienda ha habilitado un apartado específico en su web, con información oficial, preguntas frecuentes, un vídeo explicativo y un teléfono de asistencia (91 889 81 46).
Plazos para presentar la solicitud
Si aún no has presentado el formulario, conviene estar atento a los plazos:
- Hasta el 2 de febrero de 2026 para reclamar los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
- Hasta el 2 de febrero de 2027 para reclamar 2021 y 2022.
- Hasta el 2 de febrero de 2028 para reclamar 2022.
Si presentaste la solicitud antes del 22 de diciembre de 2024, esa petición quedó anulada, pero interrumpió la prescripción. En este caso, el plazo para presentar el nuevo formulario será de 4 años y 217 días desde aquella fecha. Por ejemplo: si se presentó el 10 de septiembre de 2024, el plazo finaliza el 15 de abril de 2029.
Beneficios para los afectados
La medida supone varias ventajas prácticas para la devolución del IRPF a los jubilados mutualistas 2025:
- Recuperar cantidades indebidamente pagadas en el IRPF durante años.
- Percibir los abonos en un único pago, agilizando el proceso.
- Obtener también intereses de demora desde la primera solicitud, reconocidos por Hacienda.
- Claridad en el procedimiento gracias a la información publicada en la web oficial.
Dudas frecuentes de los pensionistas
¿Qué ocurre si ya presenté una solicitud en 2024?
Quedó sin efecto, pero interrumpió la prescripción. Debes volver a presentar el formulario.
¿Recibiré también intereses de demora?
Sí. Hacienda tendrá en cuenta la fecha de presentación de la primera solicitud anulada.
¿Pueden reclamar los herederos?
Sí, siempre que el beneficiario haya fallecido entre 2019 y 2024.
¿Qué pasa si no presento la solicitud dentro de plazo?
Se pierde el derecho a devolución. Por eso es fundamental no dejar pasar las fechas.
¿Por qué algunos ya han cobrado y otros no?
El procedimiento sigue en marcha. Algunos expedientes ya están resueltos y abonados, otros aún en tramitación.
Una oportunidad para reclamar lo que corresponde
Después de meses de confusión y cambios de criterio, el procedimiento de devolución ya está en marcha. Para muchos jubilados y familias, supone un alivio económico y una reparación a una situación injusta.
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