Qué hacer si la fianza no cubre los desperfectos del alquiler

Si el inquilino deja daños en la vivienda y la fianza no cubre desperfectos de alquiler, el propietario puede reclamar la diferencia. No basta con decir que el piso está peor. Hay que poder demostrar qué daños existen, cuánto cuesta repararlos y que no son simples desgastes por el uso normal de la vivienda.

¿La fianza cubre todos los desperfectos del piso?

No siempre. En un alquiler de vivienda, la fianza legal es de una mensualidad de renta, y puede quedarse corta si hay daños importantes, impagos o reparaciones pendientes.

La fianza sirve como garantía, pero no marca el límite máximo de responsabilidad del inquilino.

Si los daños superan esa cantidad, el propietario puede reclamar el importe que falte.

¿Qué daños puede reclamar el propietario al inquilino?

Se pueden reclamar los daños causados por mal uso, descuido, roturas, obras no autorizadas o deterioros que no encajen con un uso normal.

No todo desperfecto se puede cargar al inquilino.

El desgaste ordinario de vivir en una casa no es lo mismo que devolver la vivienda con puertas rotas, muebles dañados, electrodomésticos inutilizados o desperfectos claros por mal uso.

La clave es separar uso normal de daño reclamable.

¿Qué pruebas necesito si la vivienda se entrega con daños?

Cuantas más pruebas, mejor.

Lo más importante es poder comparar cómo estaba la vivienda al inicio y cómo se devuelve al final.

Pueden ayudar:

  • inventario firmado;
  • fotos y vídeos de entrada y salida;
  • documento de entrega de llaves;
  • facturas o presupuestos de reparación;
  • mensajes con el inquilino;
  • informe pericial si los daños son importantes.

Si no hay prueba suficiente, reclamar se complica. En juicio, quien reclama debe probar los hechos en los que basa su petición.

¿Cómo reclamo si la fianza no es suficiente?

Primero conviene reclamar al inquilino por escrito y de forma que quede constancia.

En esa reclamación deben detallarse los daños, el importe de la reparación, la parte cubierta con la fianza y la cantidad pendiente.

Si el inquilino no paga voluntariamente, habrá que valorar la vía judicial. No siempre compensa: hay que mirar el importe, las pruebas, el coste del proceso y las posibilidades reales de cobrar.

¿Cuándo puede ser delito causar daños en una vivienda alquilada?

La vía penal debe reservarse para casos graves o claros de daños intencionados.

Si el inquilino ha causado destrozos deliberados en la vivienda, puede llegar a plantearse un delito de daños. El Código Penal castiga los daños en propiedad ajena, pero no cualquier conflicto de alquiler debe llevarse automáticamente por vía penal.

En la mayoría de casos, la reclamación será civil: pedir el coste de reparación que no cubre la fianza.

Qué hacer antes de devolver o retener la fianza

Antes de tomar una decisión, revisa bien el estado de la vivienda, documenta los daños y calcula el coste real de reparación.

Lo ideal es no improvisar en la entrega de llaves. Ese momento es clave para dejar constancia de cómo se devuelve la vivienda y evitar discusiones posteriores.

En SANCHIS asesores te ayudamos, revisamos el contrato, la fianza, los daños y las pruebas disponibles para valorar si merece la pena reclamar al inquilino y por qué vía hacerlo.

Pincha aquí para contactar con nosotros, en este enlace para llamarnos a la oficina, si te es más sencillo desde aquí nos hablas directamente al whatsapp, y si no, deja un comentario en este post.

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