
La Ley de Servicios de Atención a la Clientela (Ley SAC) está a punto de aprobarse y refuerza la protección del consumidor frente al spam telefónico y las contrataciones no consentidas. No elimina todas las llamadas comerciales, pero sí introduce cambios clave.
Contratos telefónicos sin consentimiento: serán nulos
La principal novedad es clara:
- Los contratos realizados por llamadas no solicitadas serán nulos.
- Se presume que no hay consentimiento válido si no se ha otorgado o renovado expresamente en los últimos 2 años.
- En préstamos contratados por teléfono, si el interés supera el legal, solo se aplicará el interés legal del dinero.
Esto desincentiva las contrataciones agresivas basadas en llamadas engañosas.
Mejores derechos en la atención al cliente
La ley también refuerza la atención al consumidor, especialmente en sectores como energía o telecomunicaciones:
- No se podrá vender durante llamadas de quejas o reclamaciones.
- No se permitirá una atención basada solo en robots.
- El 95 % de las llamadas deberán atenderse en menos de 3 minutos.
- El consumidor podrá solicitar la grabación de sus llamadas.
Lo que sigue sin cambiar
- No habrá números específicos para identificar llamadas comerciales.
- Sin identificación clara del llamante, el spam telefónico puede continuar.
En resumen
La nueva Ley SAC:
- Refuerza el consentimiento en contratos telefónicos.
- Mejora la atención al cliente.
- Facilita anular contratos abusivos.
No es el fin del spam, pero sí un avance importante para el consumidor.
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