La Comunidad Valenciana inicia este lunes 15 de marzo una nueva etapa en la desescalada de las medidas en vigor contra el coronavirus.
CIERRE PERIMETRAL
– Se prorroga la limitación de entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Valenciana.
– Se prorroga la limitación de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22.00 y las 06.00 horas.
ENCUENTROS SOCIALES O FAMILIARES
– En espacios de uso público, cerrados o al aire libre, no más de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes.
– En domicilios y espacios de uso privado, solo personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
– Aforo permitido en el interior de local: 30 %.
– Aforo en las terrazas al aire libre: 100 %.
– Hora de cierre a las 18.00 horas.
– Máximo de 4 personas por mesa o agrupaciones de mesas.
– Distancia entre mesas de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas.
– El consumo será siempre sentado en mesa.
– El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.
– El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada.
No queda permitido:
– El uso de la barra.
– Los servicios tipo self service o buffet.
– Fumar.
– El baile, ni en interiores ni en exteriores.
– Las actividades o máquinas recreativas y los juegos de azar en mesa.
LOCALES COMERCIALES
– Aforo al 50 % y también reducirán al 50 % la capacidad de los aparcamientos.
– Hora de cierre a las 20.00 horas, salvo aquellos considerados esenciales para la venta de productos de alimentación, bebidas, productos higiénicos, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, ópticas, productos ortopédicos, servicios de peluquería y de alimentos para animales de compañía, únicamente para la venta de dichos productos.
CIERRE CAUTELAR DE LOS SIGUIENTES ESTABLECIMIENTOS, ESPACIOS Y ACTIVIDADES
– Locales donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.
– Discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
– Salones de juego, casinos, salas de bingo y resto de salones recreativos de máquinas de azar.
CELEBRACIONES, EVENTOS O CONCENTRACIONES DE PERSONAS
– No se celebrarán eventos de ninguna índole que impliquen aglomeración o concentración de personas.
– No tendrán consideración de eventos las conferencias, museos y salas de exposiciones, cines, espectáculos teatrales y musicales, teatros, salas de artes, así como la celebración de pruebas selectivas o exámenes realizados por organismos oficiales o centros educativos en cuyo caso el aforo será del 50 %.
ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE
– Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones abiertas o cerradas, sin contacto físico y en grupos máximos de 4 personas.
– No será obligatorio el uso de mascarilla si la actividad se realiza en espacios abiertos y siempre que sea posible mantener la distancia de seguridad.
– Sí será obligatorio el uso de la mascarilla en zonas o espacios con gran afluencia y en instalaciones cerradas.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
– En instalaciones deportivas cerradas, aforo máximo de un 30%.
– Cierre a las 20.00 horas.
– En las piscinas, aforo máximo de un 30%.
– Se permite el uso de vestuarios, con un aforo máximo de un 30%.
– Se podrán utilizar las duchas cuando éstas sean individuales.
LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA DE LA POBLACIÓN EN EDAD ESCOLAR
– Actividades deportivas grupales con un máximo de 10 personas.
– Grupos estables, sin contacto físico, manteniendo distancia de seguridad.
– Sin público.
– No se permite la participación de personas escolarizadas en las etapas educativas de Infantil y Primaria en acontecimientos y en competiciones deportivas, excepto los federados.
COMPETICIONES DEPORTIVAS
Continúan suspendidas todas las competiciones, en todas las categorías y modalidades deportivas, excepto las competiciones profesionales.
OCIO EDUCATIVO, ESCUELAS DE ANIMACIÓN JUVENIL, PARQUES Y ZONAS DE ESPARCIMIENTO LIBRE
– Parques y jardines abiertos.
– Se permiten actividades de ocio educativo y escuelas de animación juvenil con aforo máximo del 30% y en grupos de hasta un máximo de 10 personas
VELATORIOS Y ENTIERROS
– Aforo del 30% con un límite máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
CEREMONIAS NO RELIGIOSAS
– Limitación de 1/3 de su aforo, con un máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas.
RESIDENCIAS Y OTROS ALOJAMIENTOS SIMILARES
– Aforo del 30%
– En los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia ni utilizar cocinas compartidas.
PISCINAS Y PLAYAS
• Aforo en piscinas del 30%.
• Se podrá hacer uso de los vestuarios, pero no se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.
• Se permite el acceso a las playas para pasear o hacer actividad física y deportiva al aire libre.
• Uso obligatorio de la mascarilla, excepto durante el baño.