Cuando una empresa se ve envuelta en un juicio, no solo debe pensar en abogados y procedimientos. Muchas veces el juez le obliga a depositar una cantidad de dinero como fianza, (que esto son las provisiones por litigios deducibles en sociedades), por si en el futuro tuviera que responder económicamente.
Hasta ahora existían dudas sobre si ese dinero que la empresa aparta como “provisión” podía descontarse como gasto en el Impuesto de Sociedades. La Agencia Tributaria decía que no. Pero la Audiencia Nacional ha resuelto este debate con una sentencia de junio de 2025: estas provisiones sí se pueden deducir.
Entonces, ¿Qué significa esto?
- Una provisión es como una hucha: la empresa guarda dinero por si en el futuro tiene que pagar una deuda relacionada con un juicio.
- La duda era si ese dinero guardado podía considerarse un gasto para Hacienda.
- Con esta sentencia, la respuesta es clara: sí, se puede deducir en el impuesto de Sociedades.
En la práctica, esto significa que la empresa pagará menos impuestos en ese ejercicio, ya que podrá restar la provisión como si fuera un gasto más.
El caso que lo ha cambiado todo
Tres empresas tuvieron que depositar casi 5 millones de euros como fianza en un procedimiento penal. La Agencia Tributaria les negó la deducción de esa provisión porque, según ellos, podían recuperarla en el futuro si se absolvía a los acusados o si se reclamaba a los responsables.
La Audiencia Nacional no estuvo de acuerdo. El tribunal señaló que la obligación de depositar ese dinero no fue voluntaria, sino impuesta por el juez. Y al tratarse de un mandato judicial firme, la provisión debía ser deducible en el impuesto.
¿Por qué es importante para las empresas?
Porque aporta seguridad jurídica. A partir de ahora, las empresas saben que:
- Si un juez les obliga a provisionar una cantidad en un litigio, podrán deducirla en Sociedades.
- Esto les permitirá ahorrar impuestos en un año difícil, donde además están afrontando un proceso judicial.
- Da coherencia contable: lo que se registra como provisión en las cuentas también tiene sentido en la declaración de impuestos.
Dudas frecuentes
¿Y si al final no tengo que pagar nada?
Si el juicio termina sin responsabilidad y se devuelve la fianza, la empresa revertirá la provisión en sus cuentas y ajustará en el impuesto del ejercicio correspondiente.
¿Esto vale solo para juicios penales?
No. Lo importante es que la obligación de provisionar venga de una resolución judicial.
¿Puede Hacienda recurrir esta interpretación?
Sí, pero la sentencia abre un camino muy sólido para que las empresas defiendan su derecho a deducir.
¿Se aplica también a ejercicios pasados?
Puede aplicarse a los ejercicios no prescritos. Conviene revisarlo con un asesor.
Una oportunidad para pagar lo justo
Este fallo judicial aclara un punto que llevaba años en disputa. Para las empresas es una buena noticia: las provisiones por litigios son deducibles en sociedades cuando son obligadas judicialmente a hacerlas.
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