¿Qué vehículos de empresa deben tener seguro obligatorio?

Durante años, muchas empresas han operado con vehículos y maquinaria interna sin un seguro específico, confiando en que la póliza de responsabilidad civil general era suficiente. Con la nueva normativa de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, esto cambia, ahora se necesita que los vehículos de empresa tengan seguro obligatorio.

La ley amplía el concepto de vehículo que debe contar con seguro obligatorio, incluso aunque no circule por la vía pública. Recientemente se ha publicado en el BOE esta novedosa noticia, que a más de una persona le pillará de imprevisto.

¿Qué vehículos de empresa pueden estar afectados?

Entre otros:

  • Carretillas elevadoras
  • Dumpers y maquinaria de obra
  • Miniexcavadoras
  • Plataformas elevadoras
  • Tractores y maquinaria agrícola
  • Vehículos eléctricos internos (almacenes, naves, recintos privados)

Aunque se usen solo dentro de instalaciones privadas, si pueden causar daños a terceros, pueden necesitar un seguro propio.

¿Por qué ya no basta con la RC general?

Porque:

  • La RC general no siempre cubre daños derivados del uso de vehículos
  • Las aseguradoras pueden excluir siniestros si el vehículo debía estar asegurado de forma independiente
  • La nueva normativa refuerza esta separación

¿Tienes alguna duda sobre si tu vehículo tiene que hacerse un seguro obligatorio? Pincha aquí para hablar con nuestro asesor, también puedes dejarnos un comentario, o mandarnos un reporte directamente a nosotros pinchando aquí

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