Nadie quiere pensar en su propia herencia. Pero el día que faltas, alguien tendrá que hacerlo por ti. Y de una sola decisión que tomes hoy depende que ese “alguien” tarde unas semanas… o pelee durante años.
Cuando fallece un familiar, al dolor se le suma algo que casi nadie te avisa: una avalancha de dudas, papeles y palabras que jamás habías usado. Abintestato. Acta de notoriedad. Últimas voluntades. Bastante duro es ya el momento como para tener, encima, que descifrar un idioma nuevo.
La buena noticia es que gran parte de ese caos se puede evitar. Y todo empieza por entender una diferencia que mucha gente confunde: la que existe entre un testamento y una declaración de herederos.
Desde el Departamento Jurídico de Sanchis Asesores S.L. te lo explicamos claro, sin letra pequeña.
¿Es lo mismo un testamento que una declaración de herederos?
No. Y confundirlos es el primer error que sale caro.
Son dos realidades jurídicas distintas que aparecen en momentos opuestos de la historia:
- El testamento lo haces tú, en vida, ante notario, para decidir quién hereda.
- La declaración de herederos la hace tu familia, cuando ya no estás, porque no dejaste testamento y la ley necesita averiguar quién tiene derecho a heredar.
Dicho de otro modo: o eliges tú, o elige la ley por ti.
El testamento: tu voluntad se convierte en ley
El testamento es el documento en el que decides, mientras puedes, qué pasará con todo lo que has construido a lo largo de tu vida. Es la forma más eficaz de evitar conflictos familiares y de simplificar los trámites a quienes más quieres.
Y no solo ahorra tiempo: te permite proteger a quien más lo necesita —tu cónyuge, un hijo con necesidades especiales— siempre dentro de los límites que marca la ley.
Por qué merece la pena hacer testamento:
- Decides tú. Eliges quiénes serán tus herederos (respetando siempre la legítima de hijos o padres) y cómo se reparten tus bienes.
- Es mucho más rápido. Al fallecer, el testamento sirve como título directo para iniciar el reparto. Sin vueltas.
- Es sorprendentemente económico. Otorgar testamento ante notario cuesta muy poco… comparado con lo que cuesta —en dinero, en tiempo y en disgustos— no tenerlo.
Nuestro consejo: antes de acudir al notario, déjate asesorar por un abogado experto en herencias y sucesiones. Una hora de asesoramiento hoy puede ahorrar años de problemas mañana.
La declaración de herederos: cuando la ley tiene que “adivinar”
Si una persona fallece sin testamento —lo que jurídicamente llamamos sucesión abintestato— la ley tiene que intervenir para determinar, según el parentesco, quién hereda.
Así lo recoge el artículo 913 del Código Civil:
«A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado.»
En este punto todavía no se reparte nada. Primero hay que tramitar un Acta de Notoriedad ante notario (o, en ciertos casos, acudir a la vía judicial) para declarar oficialmente quiénes son los parientes con derecho a heredar. Un paso más, más tiempo y más coste que tu familia se ahorraría con un simple testamento.
¿Quién hereda si no hay testamento?
Los artículos 930 y siguientes del Código Civil fijan un orden estricto, dando preferencia a los familiares más cercanos:
- Descendientes: hijos por derecho propio y nietos por derecho de representación.
- Ascendientes: a falta de descendientes, heredan los padres o abuelos.
- Cónyuge viudo: salvo que exista separación legal o de hecho, en cuyo caso no es llamado a heredar.
- Colaterales: hermanos y sobrinos.
- Otros parientes hasta el cuarto grado.
- A falta de todos ellos, hereda el Estado o la Comunidad Autónoma.
Fíjate en el detalle del punto 3: una separación de hecho puede dejar al cónyuge fuera de la herencia. Justo el tipo de sorpresa que un testamento evita.
¿Qué documentación necesito para una declaración de herederos?
Si te toca tramitarla, esto es lo que hará falta reunir:
- Certificado de defunción, certificado de empadronamiento y DNI del fallecido.
- Certificado de Últimas Voluntades, que acredite que no existe testamento.
- DNI de los potenciales herederos.
- Certificado de matrimonio del fallecido (si estaba casado).
- Certificado de nacimiento de los hijos o Libro de Familia.
- Documentación que acredite el parentesco de otros posibles herederos (distintos de hijos y cónyuge).
Además, se necesitará la declaración de dos testigos no familiares que confirmen que el fallecido no dejó testamento y que quienes reclaman son, efectivamente, los únicos herederos.
Parece mucho papeleo. Lo es. Y todo él desaparece cuando hay testamento.
¿Y cómo se hace, paso a paso?
Cuando no hay testamento, el procedimiento suele seguir este camino:
- Un abogado (o cualquier interesado) solicita la tramitación del acta de declaración de herederos.
- El notario competente (normalmente el del último domicilio del fallecido) instruye el acta, recopila la documentación y toma declaración a los testigos.
- Transcurrido el plazo legal, el notario declara oficialmente quiénes son los herederos.
- Solo entonces puede iniciarse el reparto de bienes, la liquidación de impuestos y la adjudicación de la herencia.
Cada paso suma semanas… a veces meses. Cada semana, un motivo más para no dejarlo al azar.
Conclusión: ¿es mejor testamento o declaración de herederos?
La respuesta es sencilla, y es la misma que damos en el despacho todos los días:
Siempre es mejor prevenir con un testamento que resolver con una declaración de herederos.
El testamento es más rápido, más barato, más claro y —sobre todo— te deja a ti al mando de lo que ocurrirá con tu patrimonio y con las personas que quieres. La declaración de herederos es la red de seguridad para cuando no se hizo nada… pero es un camino más largo, más caro y más expuesto a conflictos.
No se trata de pensar en la muerte. Se trata de cuidar a los tuyos incluso cuando ya no estés. Y eso, hoy, se resuelve con una simple visita al notario y el asesoramiento adecuado.
En Sanchis Asesores S.L. te acompañamos en todo el proceso: desde redactar tu testamento con total seguridad jurídica, hasta tramitar una declaración de herederos si ya te encuentras en esa situación.
Si quieres que te ayudemos déjanos un mensaje pulsando aquí, llámanos desde este enlace o escríbenos un mensaje en este post