Vivienda turística en la Comunidad Valenciana: ¿Qué hace falta?

Si tienes una vivienda turística en la Comunidad Valenciana, este cambio te interesa. El Tribunal Supremo ha anulado parte del registro único estatal para alquileres de corta duración. Eso significa que el NRUA (Número de Registro Único de Arrendamientos o de Alquiler) deja de ser el requisito nacional que habilitaba para comercializar estas viviendas en plataformas como Airbnb o Booking.

Pero cuidado: esto no significa que puedas alquilar sin cumplir nada. En la Comunidad Valenciana sigue siendo obligatorio cumplir la normativa turística autonómica.

¿Qué ha pasado con el registro único de alquiler turístico?

El Real Decreto 1312/2024 creó un registro único estatal para alquileres de corta duración.

La idea era obtener un número de registro nacional para poder anunciar viviendas en plataformas digitales.

El Tribunal Supremo ha anulado los preceptos que imponían ese procedimiento estatal porque entiende que el Estado no puede superponer ese registro a los sistemas autonómicos en una materia como el turismo, que corresponde a las comunidades autónomas.

Dicho de forma sencilla: cae el registro único estatal, pero no desaparecen las obligaciones autonómicas.

¿Qué documentos necesito para anunciar una vivienda turística en Airbnb o Booking?

Tras la sentencia, el NRUA ya no debe tratarse como requisito estatal habilitante para comercializar viviendas turísticas.

Pero si la vivienda está en la Comunidad Valenciana, el propietario sigue teniendo que cumplir con el registro turístico autonómico y con los requisitos de la normativa valenciana.

No es “vía libre”. Es volver al marco autonómico.

¿Qué registro es obligatorio para una Vivienda de uso turístico en la Comunidad Valenciana?

En la Comunidad Valenciana, la vivienda de uso turístico debe inscribirse en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

Esa inscripción es la que permite ejercer legalmente la actividad turística y anunciar la vivienda en canales de oferta turística, como plataformas online.

Además, la inscripción tiene una validez de 5 años, por lo que no conviene pensar que el trámite dura para siempre.

¿Qué se considera vivienda de uso turístico en la Comunidad Valenciana?

Una vivienda de uso turístico es una vivienda completa que se alquila con fines turísticos, en condiciones de uso inmediato y por un tiempo igual o inferior a 10 días continuados para una misma persona.

Esto es importante porque, si el alquiler es de 11 días o más a la misma persona, ya no encaja en esa definición concreta de VUT.

También hay otro punto clave: en la Comunidad Valenciana no se permite el alquiler turístico por habitaciones. La vivienda turística se cede completa.

¿Hace falta autorización de la comunidad de propietarios?

Sí, si la vivienda está en un edificio con comunidad y la actividad turística se inicia después del 3 de abril de 2025.

Desde esa fecha, para destinar una vivienda a uso turístico hace falta la aprobación expresa de la comunidad de propietarios, con la mayoría legal exigida de 3/5.

Si la vivienda ya venía ejerciendo legalmente la actividad turística antes de esa fecha, habrá que revisar el caso concreto, porque los acuerdos no tienen efectos retroactivos con carácter general.

¿Qué debo revisar antes de alquilar mi vivienda turística?

Antes de anunciar una vivienda en Airbnb, Booking o cualquier plataforma, conviene revisar:

  • Si la vivienda encaja como VUT según la normativa valenciana.
  • Si tiene informe municipal de compatibilidad urbanística favorable.
  • Si está inscrita en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.
  • Si la inscripción sigue vigente.
  • Si necesita aprobación de la comunidad de propietarios.
  • Si cumple las obligaciones exigidas para comercializarla legalmente.

En SANCHIS asesores podemos revisar tu caso antes de anunciar la vivienda o renovar la actividad, para evitar problemas con turismo, comunidad de propietarios o plataformas digitales.

Si este es tu caso, o conoces a alguien que pueda tener dudas sobre este tema, te dejo aquí el enlace directo para que puedas hablar con nuestras abogadas, ellas te ayudarán, también puedes dejarnos un mensaje pulsando directamente aquí, llamarnos a la oficina o deja un comentario en este post.

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