Las personas prejubiladas o jubiladas que hayan perdido su vivienda tras avalar las deudas de sus hijos o nietos podrán solicitar una casa del fondo social de viviendas (FSV), que recoge más supuestos de vulnerabilidad social. Por ejemplo, aquellas familias con hijos menores de 18 años y que hayan perdido su casa también podrán acogerse al FSV
El ministerio de economía ha informado además de que permitirán que personas o familias puedan mantenerse en la vivienda que habitaban, aunque la hayan perdido (a partir del 1 de enero de 2008) como consecuencia de una ejecución forzosa y después de que haya sido adjudicada. También se abre esta posibilidad para las daciones en pago. En ambos casos se pagará un alquiler reducido, es decir, entre 150 y 400 euros al mes o por debajo en circunstancias especiales
Además, se amplían las circunstancias personales y familiares que dan derecho a solicitar una vivienda al FSV. Éstas son las siguientes:
a) Unidades familiares con hijos menores de edad (18 años). Hasta ahora se exigía que los menores no tuvieran más de tres años
b) Personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los servicios sociales competentes, un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía. El requisito hasta ahora era una discapacidad del 33% o superior
c) Personas mayores en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos. Esta circunstancia es nueva
d) Otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas de las anteriores, previo informe de los servicios sociales. Ello amplía el acceso al FSV a muchas situaciones de riesgo social no tipificadas
El FSV se creó en enero de 2013 y cuenta con 6.000 viviendas de 33 entidades financieras. En el primer año de aplicación (2013) se recibieron 1.537 solicitudes y se adjudicaron 780 viviendas